Residencias Fiscales y Funcionarios Públicos: Lo que Debes Saber para Evitar la Evasión Fiscal

Cambio de Residencia Fiscal de un Funcionario

En el mundo de la fiscalidad internacional, la residencia fiscal es un concepto crucial, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos. Las decisiones relacionadas con el cambio de residencia fiscal pueden tener implicaciones importantes, tanto legales como financieras. En este blog, vamos a abordar en detalle qué es la residencia fiscal, cómo afecta a los funcionarios públicos y qué requisitos deben cumplir para evitar caer en la evasión fiscal.

¿Qué es la Residencia Fiscal?

La residencia fiscal es el país donde tienes que pagar impuestos. La regla general en España es sencilla: si pasas más de 183 días al año en territorio español, eres residente fiscal aquí y tienes que pagar impuestos en España. Pero esto no es lo único que cuenta.

  • Permanencia física: Pasar más de 183 días en un país durante un año fiscal te convierte en residente fiscal de ese país.
  • Centro de intereses económicos: El lugar donde se generan la mayoría de los ingresos o donde se encuentran los principales activos.
  • Dirección efectiva: En el caso de empresas, la residencia fiscal se determina por el lugar donde se toman las decisiones estratégicas.
  • Lazos familiares: Si tu cónyuge o hijos menores residen en España, Hacienda puede considerarte residente fiscal, incluso si vives más de 183 días fuera.

Para más información sobre estos y otros conceptos fiscales clave, te invitamos a revisar nuestro blog específico donde desglosamos las definiciones esenciales.

Funcionarios y la Residencia Fiscal: ¿Puedo Cambiarla?

Aquí viene el punto más delicado. Si eres funcionario público, como un inspector, profesor o cualquier empleado de una administración pública española, cambiar tu residencia fiscal es muy, pero muy complicado.

¿Por qué? 

Porque tu núcleo de actividad sigue estando en España. Trabajas para una administración pública española, y aunque decidas irte a vivir a Portugal, Andorra o cualquier otro país, si sigues trabajando para la Diputación de Badajoz (por poner un ejemplo) o cualquier otro organismo español, sigues siendo residente fiscal en España.

¿Y si me voy a vivir a otro país?

Muchos funcionarios han intentado jugar la carta de “me mudo a otro país”, como el caso de David Sánchez (hermano del Presidente Pedro Sánchez), y tratar de tributar en otro lugar con impuestos más bajos. Pero aquí te va la verdad: Hacienda no se deja engañar fácilmente.

Por mucho que pases más de medio año fuera o te alquiles un apartamento en otro país, si tus ingresos siguen viniendo de un empleo público en España, tu residencia fiscal sigue aquí. Es evasión fiscal pura y dura tratar de decir que vives fuera solo para pagar menos impuestos mientras sigues recibiendo dinero público.

La Importancia del Núcleo de Actividad

Uno de los conceptos clave que usa Hacienda para determinar tu residencia fiscal es el núcleo de actividad. Si tu actividad principal sigue estando en España, aunque te vayas a vivir fuera, Hacienda va a seguir considerando que tienes que pagar aquí.

Por ejemplo, si eres profesor en una universidad pública española o trabajas en cualquier otro puesto dentro de una administración pública, tu núcleo de actividad sigue estando en España. Por mucho que te quieras mudar a otro país, Hacienda te va a exigir que sigas pagando impuestos aquí.

Ejemplos de Evasión Fiscal en Funcionarios

En España, estamos tristemente a la cabeza de Europa en corrupción pública, y como te podrás imaginar, son muchos los funcionarios que intentan evadir impuestos cambiando su residencia fiscal. Desde políticos hasta altos cargos de la administración, la lista de casos sospechosos es larga. Uno de los casos más notorios es el del hermano del presidente Pedro Sánchez.

  • David Sánchez: El hermano del presidente se mudó a Portugal con el objetivo de beneficiarse de una fiscalidad más baja, pero su núcleo de actividad y empleo seguían estando en España. Además, hay indicios de que su esposa y su hija pudieron haber residido en España en ciertos momentos, lo que complicaría aún más su situación fiscal. Hacienda no pasó esto por alto, y la investigación sigue su curso.

  • Inspectora de Hacienda: Otro caso en 2021 que levantó polémica fue el de una jefa inspectora de Hacienda que, a pesar de trasladarse fuera de España, mantenía su centro de operaciones en el país, ha continuando con su trabajo remoto. Hacienda también investigó este caso al considerar que intentaba aprovecharse de una residencia fiscal falsa para pagar menos impuestos.

Estos son solo algunos ejemplos de cómo el intento de cambiar la residencia fiscal sin modificar el núcleo de actividad puede acarrear serios problemas legales, incluyendo investigaciones y sanciones por evasión fiscal.

residencia fiscal españa

Tributación de los Funcionarios Españoles Destinados en el Extranjero

Los funcionarios españoles que son destinados a trabajar en el extranjero, junto con su cónyuge e hijos menores, tienen un régimen fiscal específico en cuanto a la tributación. En general, aunque residan fuera de España por su labor en Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares o cualquier empleo oficial, siguen tributando en España por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, existen dos excepciones:

  1. Si una persona no era funcionario y ya residía habitualmente en el extranjero antes de adquirir su cargo oficial, no estará sujeta a esta obligación tributaria en España.

  2. Si el cónyuge o hijos menores del funcionario ya residían en el extranjero antes de que este asumiera su cargo oficial, tampoco estarán obligados a tributar en España.

Este régimen garantiza que, salvo en estas excepciones, los funcionarios y sus familias mantienen su estatus de contribuyentes en España, incluso cuando su destino laboral está fuera del territorio nacional.

Crédito – Agencia Tributaria “Tributación de los funcionarios españoles en el extranjero”

 

Exenciones fiscales para funcionarios internacionales

Los funcionarios de organismos internacionales, como la ONU, suelen estar exentos de pagar impuestos en el país donde residen sobre los salarios que reciben de estos organismos. Esta exención está respaldada por tratados y acuerdos internacionales que buscan evitar la doble imposición y facilitar la movilidad de estos empleados. No obstante, la exención no se aplica a todos los ingresos, y existen ciertas restricciones.

Por ejemplo, aunque estén exentos de pagar impuestos sobre su sueldo en el país de residencia, es posible que deban pagar impuestos sobre otras fuentes de ingresos, como inversiones o bienes inmuebles. Esta situación difiere significativamente de la de un funcionario que trabaja para la administración pública de su propio país, como es el caso de un funcionario español, quien está obligado a pagar impuestos en España aunque viva temporalmente en otro país.

Crédito – Fiscalidad de los Funcionarios Internacionales, AFIE (Asociación de Funcionarios Internacionales en España)

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